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Foto del escritorGerrod Tyler

Llamado a modificar los estatutos de la Asociación de Padres y Maestros del Estado Libre





Atención: Miembros, unidades locales, PTA del Consejo del Condado y miembros de la Junta Estatal


¿Sabías que haces recomendaciones para modificar los estatutos de la PTA del Estado Libre?


Esta es SU oportunidad de presentar sugerencias de enmiendas que considere relevantes para la estructura de gobierno de la asociación. Dado que las enmiendas a los estatutos son un tema de acción en la Convención de la PTA de Free State, cualquier cambio sugerido debe enviarse para su revisión antes de la convención.


La fecha límite para que el comité considere las enmiendas propuestas a los estatutos es el 1 de enero de 2025 , según el Artículo XVII. Utilice el formulario adjunto y envíe sus sugerencias para su consideración de forma electrónica a bylaws@fspta.org .


Artículo XVII – Modificación de los estatutos

Artículo 1. Presentación de enmiendas.


A. Las enmiendas a los estatutos pueden ser presentadas por la Junta Directiva de la PTA del Estado Libre, un comité permanente o especial de la PTA del Estado Libre, o una división constituyente o su junta directiva.


B. Las enmiendas que se considerarán en una reunión anual se deberán enviar a la PTA del Estado Libre en o antes de la fecha límite establecida, con excepción de la Junta Directiva de la PTA del Estado Libre, que puede proponer enmiendas en cualquier momento, siempre que se haya cumplido el requisito de notificación.


  1. La fecha límite para que se consideren las enmiendas en una reunión anual es el 1 de enero anterior a la reunión anual en la que se considerarán.

  2. Las enmiendas que se considerarán en una reunión especial de los miembros deberán presentarse a la PTA del Estado Libre al menos sesenta (60) días antes de la reunión especial en la que se considerarán, con la excepción de la Junta Directiva de la PTA del Estado Libre, que puede proponer enmiendas en cualquier momento siempre que se haya cumplido el requisito de notificación.


Artículo 2. Notificación . Las modificaciones a los estatutos deberán notificarse por lo menos sesenta (60) días antes de la apertura de la reunión de miembros en la que se considerarán y deberán incluirse en la notificación de dicha reunión de miembros.


Sección 3. Votación requerida. Estos estatutos pueden ser enmendados por el voto de dos tercios (2/3) del cuerpo de votantes en una reunión anual o una reunión especial de los miembros, siempre que se haya dado aviso y las enmiendas hayan sido aprobadas por la Junta Directiva de la PTA de Free State.





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